Su organización no está en la obligación de disponer de un Plan de Igualdad aunque siempre es recomendable contar con uno.
Su organización dispone de un periodo transitorio de 3 años a contar desde el 7 de marzo de 2019, para disponer de un Plan de Igualdad, según el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo.
Su organización dispone de un periodo transitorio de 2 años a contar desde el 7 de marzo de 2019, para disponer de un Plan de Igualdad, según el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo.
Su organización dispone de un periodo transitorio de 1 año a contar desde el 7 de marzo de 2019, para disponer de un Plan de Igualdad, según el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo.
Su organización está obligada a disponer de un Plan de Igualdad según la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. En este momento el incumplimiento de las obligaciones empresariales relativas a los planes y medidas de igualdad, se tipifica como infracción grave según el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, dando lugar a multas por importe de entre 6.251€ hasta 187.515€ dependiendo de la organización.
La organización necesita diseñar e implantar un plan de igualdad que recoja la información de la empresa, sus necesidades y características, realizando una campaña de sensibilización para las personas trabajadoras.
En Criteria RRHH contamos con un equipo de personas expertas que creen y trabajan para transformar la igualdad efectiva en una realidad. Para el cumplimiento de Ley Orgánica 3/2007, Real Decreto 6/2019 y Reales Decreto 901/2020 y 902/2020 prestamos asesoramiento y asistencia técnica en el diagnóstico, diseño, implantación, evaluación y seguimiento de planes de igualdad para las empresas. Además de otros servicios de consultoría y formación especializada
chevron_right¡Solicita tu Plan de Igualdad!La organización tiene pilares suficientes para diseñar e implantar un plan de igualdad que recoja la información de la empresa, sus necesidades y características, realizando una campaña de sensibilización para las personas trabajadoras. Realizar un plan de igualdad en su organización pondrá en valor el trabajo ya realizado y mejorará el clima laboral entre las personas trabajadoras.
En Criteria RRHH contamos con un equipo de personas expertas que creen y trabajan para transformar la igualdad efectiva en una realidad. Para el cumplimiento de Ley Orgánica 3/2007, Real Decreto 6/2019 y Reales Decreto 901/2020 y 902/2020 prestamos asesoramiento y asistencia técnica en el diagnóstico, diseño, implantación, evaluación y seguimiento de planes de igualdad para las empresas. Además de otros servicios de consultoría y formación especializada
chevron_right¡Solicita tu Plan de Igualdad!La organización está suficientemente madura para diseñar e implantar un plan de igualdad, o revisar el existente, que recoja la información de la empresa, sus necesidades y características, realizando una campaña de sensibilización para las personas trabajadoras. Realizar un plan de igualdad en su organización pondrá en valor el trabajo ya realizado y mejorará el clima laboral entre las personas trabajadoras.
En Criteria RRHH contamos con un equipo de personas expertas que creen y trabajan para transformar la igualdad efectiva en una realidad. Para el cumplimiento de Ley Orgánica 3/2007, Real Decreto 6/2019 y Reales Decreto 901/2020 y 902/2020 prestamos asesoramiento y asistencia técnica en el diagnóstico, diseño, implantación, evaluación y seguimiento de planes de igualdad para las empresas. Además de otros servicios de consultoría y formación especializada
chevron_right¡Solicita tu Plan de Igualdad!La promulgación de la Ley Orgánica de Igualdad 3/2007 ha fomentado la implantación de Planes de igualdad de oportunidades y Protocolos de prevención y actuación frente al acoso en el ámbito laboral. Esta Ley ha sido modificada por el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo. Con la aprobación de este Real Decreto-ley se establecen nuevas obligaciones para las empresas: a partir de ahora las empresas de 50 o más personas trabajadoras deben disponer de un plan de igualdad; la creación de un registro de salarios para evitar la discriminación por razones de género y la equiparación de la suspensión del contrato del progenitor distinto de la madre biológica.
El Real Decreto-Ley 6/2019 busca incrementar la eficacia de los Planes de Igualdad en las organizaciones. Para ello, el Gobierno establece fija diferentes plazos, en función del número de personas trabajadoras, para que las empresas se adapten a esta nueva obligación:
El 13 de octubre de 2020, se aprobaron 2 nuevos Reales Decretos que afectan directamente a los Planes de Igualdad de las empresas:
El primer requisito indispensable para poder iniciar el trabajo del plan es adquirir un compromiso. Éste puede venir dado por la dirección de la empresa, por el departamento de recursos humanos y/o también por la plantilla.
Debemos deshacernos de los tópicos de:
El trabajo del Plan de Igualdad va más allá, estudiando no solo la composición de la plantilla, sino que todos los procedimientos de gestión que se dan dentro de la organización garanticen la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
Partiendo de la formación y experiencia de nuestro equipo técnico, desde Criteria ponemos a disposición un amplio abanico de servicios relacionados con la Igualdad:
Nuestro principal servicio es dar cobertura a las necesidades formativas de entidades tanto públicas como privadas, para lo cual disponemos de un amplio catálogo de cursos en materia de igualdad.
También podemos desarrollar cursos a medida según las necesidades de la empresa, ya sea a Distancia, Presencial o e-Learning.
Disponemos de personal altamente cualificado en materia de igualdad, pero también disponemos, por ejemplo, de perfiles del ámbito audiovisual, del diseño, del mundo editorial, etc, para el desarrollo de cursos e-Learning dando por resultado cursos amenos y atractivos.
Ámbito social
Para comprender la necesitad de un Plan de Igualdad es necesario que seamos conscientes de nuestro contexto social.
Nuestra sociedad ha vivido un importante proceso de transformación del papel que históricamente la mujer tenía asignado. Su situación, sostenida durante largo tiempo por patrones tradicionales, se ha modificado notablemente con su mayor capacitación en la educación, su autonomía personal y su incorporación al mundo laboral.
EL PRINCIPIO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DE TRATO ENTRE MUJERES Y HOMBRES
El principio de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres es un derecho reconocido a nivel internacional y uno de los pilares fundamentales del sistema democrático. A lo largo de las últimas décadas y desde diferentes instituciones se ha desarrollado un marco legislativo en materia de igualdad entre mujeres y hombres dirigido a eliminar cualquier tipo de desigualdad o discriminación por razón de sexo.
Sin embargo, los roles y estereotipos de género están todavía muy presentes, y a pesar de la existencia de este derecho a la igualdad formal la realidad social demuestra que son numerosos los obstáculos que impiden a la mujer su plena participación e integración en todos los ámbitos de la sociedad, y en consecuencia, mujeres y hombres no acceden, participan y se benefician en condiciones de igualdad real en el mercado de trabajo.
¿POR QUÉ APLICAR LA IGUALDAD EN LAS EMPRESAS?
Para lograr la igualdad real y efectiva se requiere no solo del compromiso de las Administraciones, sino también de su promoción en el ámbito privado. De esta manera, la Ley de igualdad, que incorpora un alto valor de justicia social, considera a las organizaciones laborales agentes claves de cara a la consecución de la igualdad efectiva de mujeres y hombres en el ámbito laboral.
Hoy en día, la sociedad nos exige a las empresas una mayor responsabilidad social, ya que nuestras decisiones afectan al entorno en el que operamos, y nuestra actividad tiene un mayor impacto socio laboral y medioambiental. En consecuencia debemos adaptarnos a esta exigencia social y adoptar posturas de mayor transparencia en nuestras gestiones, incluso algunas hemos visto las ventajas de ser reconocidas socialmente por una gestión responsable.
Así que podemos afirmar que, como empresa, tenemos una función social al no poder aislarnos del entorno en el que desarrollamos nuestra actividad.